Derechos de Salida en California: Parte 1 (2026)

Derechos de Permiso en CaliforniaHacerse daño o enfermar no es nada divertido, pero lo peor es preocuparse por perder el trabajo si te tomas un tiempo libre para recuperarte. Por eso las licencias médicas de los empleados están protegidas tanto por la Ley Federal de Licencias Familiares y Médicas (FMLA) como por la análoga Ley de Derechos Familiares de California (CFRA).

¿Soy elegible?

Desafortunadamente, la FMLA/CFRA no protege a todos los trabajadores, solo a aquellos que tienen:

  • trabajó al menos un año para su empleador,
  • han trabajado al menos 1.250 horas en el último año, y
  • cuyo empleador tiene al menos 50 empleados trabajando a menos de 75 millas del lugar de trabajo del empleado.

Según el informe de junio de 2007 del Departamento de Trabajo de EE. UU., los requisitos de elegibilidad para FMLA/CFRA significan que solo 76,1 millones de trabajadores de un total de 141,7 millones de trabajadores estadounidenses, o el 53%, son elegibles para la protección FMLA (el otro 47% debe depender de las políticas de permiso de su empleador).

¿Cuánto tiempo de baja médica está permitido bajo FMLA/CFRA?

Bajo la FMLA/CFRA, los empleados tienen derecho a tomar un máximo de 12 semanas de baja médica no remunerada para cuidar a un recién nacido, a un niño recién adoptado, a un familiar gravemente enfermo o a su propia enfermedad grave (bajo la FMLA pero no bajo la CFRA, esto incluye incapacidad por embarazo, parto o condiciones médicas relacionadas). Podrías tener derecho a una prórroga de permiso superior al máximo de 12 semanas si tienes una discapacidad mental o física que requiere una prórroga como adaptación de esa discapacidad (esto suponiendo que el empleador sea consciente o haya sido informado de tu discapacidad y/o restricciones laborales asociadas). Es ilegal que un empleador te trate de forma diferente o te castigue por tomar una baja médica. También tienes derecho a ser reincorporado a tu puesto al regresar de tu baja médica, a menos que seas un «empleado clave».

¿La baja es pagada o no?

Las bajas FMLA/CFRA (y PDLL) no pagan. Según la AFL-CIO, la falta de permiso remunerado «supone un obstáculo significativo para quienes no pueden permitirse tomar la baja FMLA». Esta afirmación está respaldada por un Informe Westat de 2000 que concluyó que la razón más comúnmente señalada para no tomar permiso era la incapacidad para permitírselo.

Por supuesto, si tienes suerte, tu empleador decidirá pagarte durante esas bajas, o aplicar tu baja por enfermedad o vacaciones pagadas a tu baja médica.

¿Y si estoy embarazada?

Si estás incapacitada debido a embarazo, parto o condiciones médicas relacionadas, podrías optar a 4 meses de baja bajo la Ley de Baja por Incapacidad por Embarazo de California (PDLL). Luego puedes tomar 12 semanas adicionales de permiso CFRA (pero no FMLA) «por el nacimiento de su hijo, si el niño ha nacido para esta fecha» y siempre que te quede suficiente tiempo en tu banco CFRA. 2 Cal. Código de Reglamentos. § 7291.13(c).

Ten en cuenta que los requisitos de elegibilidad anteriores para FMLA/CFRA no se aplican a PDLL. Para calificar para la PDLL, solo necesitas trabajar para un empleador que tenga 5 o más empleados.

Conclusión

En la Parte 2, hablaré sobre si la FMLA/CFRA ha sido buena para el lugar de trabajo y qué mejoras adicionales se pueden y deben hacerse, si es que hay alguna.

Si crees que tu empleador ha interferido o ha tomado represalias contra tus derechos de baja médica, contacta con un abogado de inmediato, ya que pueden aplicarse plazos estrictos para presentar la solicitud.

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